Por. America Perez
Santo
Domingo Oeste: El periodista Francisco Marte informó el día de hoy en el
programa online Diario 224 cuales funcionarios públicos del Ayuntamiento Santo
Domingo Oeste, han realizado declaración jurada de bienes como lo establece la
ley 311-14, cuya normativa establece que luego de tomar posesión las
autoridades tienen un plazo de 30 días para hacer este proceso que aporta a la
transparencia de sus gestiones.
Este tema
que ha sido debatido en esta plataforma digital desde hace un mes, se apoya en
un trabajo publicado en el periódico El Caribe bajo la firma del periodista
Marcos Rodríguez, donde revela que tres alcaldes del Gran Santo Domingo no han
hecho su declaración jurada de bienes, entre ellos el Ingeniero José Andújar
quien a la fecha está incumpliendo las normas legales, porque su administración
lleva casi 4 meses. Esta ley exige presentar cuando el funcionario sea objeto
de una investigación sobre su patrimonio, la autoridad competente podrá
requerir la actualización de su declaración jurada de bienes.
El Artículo
14 del referido reglamento, establece Santo Domingo Oeste: El periodista
Francisco Marte informó el día de hoy en el programa online Diario 224 cuales
funcionarios públicos del Ayuntamiento Santo Domingo Oeste, han realizado
declaración jurada de bienes como lo establece la ley 311-14, cuya normativa
establece que luego de tomar posesión las autoridades tienen un plazo de 30
días para hacer este proceso que aporta a la transparencia de sus gestiones.
Este tema
que ha sido debatido en esta plataforma digital desde hace un mes, se apoya en
un trabajo publicado en el periódico El Caribe bajo la firma del periodista
Marcos Rodríguez, donde revela que tres alcaldes del Gran Santo Domingo no han
hecho su declaración jurada de bienes, entre ellos el Ingeniero José Andújar, quien
a la fecha está incumpliendo las normas legales, porque su administración lleva
casi 4 meses.
Las Sanciones
por omisión de declaración apunta que el servidor público en funciones que esté
obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y no obtempere dentro
del plazo establecido en esta ley u omitiere declarar algún bien, incurrirá en
faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la Ley
No.41-08, de Función Pública.
El Artículo
81 de la Ley de Función Pública, dice que esas faltas graves o de tercer grado
se sancionan con la destitución. El Artículo 84 de esta ordenanza explica que
el servidor público destituido por haber cometido esa falta quedaría
inhabilitado para prestar servicios al Estado por un período de cinco años,
contados a partir de la fecha de notificación de la destitución.
Los
regidores actuales que han cumplido con responsabilidad de transparentar sus
patrimonios son: Ruben Aybar, Tony Acosta,Digna Chavez.Indhira de Jesus, Adhamilka
Espinal,Felix Encarnación Jaqueline Duarte,Jacobina Moreno Benitez y Virginia Jaquez ,dentro del tren
administrativo solo el tesorero municipal Freddy Alberto Columna. Entonces faltaría
el alcalde Andujar, los regidores Luis Diaz Filpo, Vinicio Aquino,Michael Matos, Arlette
Almonte, Victor Jiménez y Eddy
Tejeda por cumplir lo que establece la ley. Los comunicadores America Perez y
Francisco Marte también puntualizan que Francisco Peña como ex alcalde y los
regidores salientes también debieron presentar sus declaraciones juradas de
bienes.
El canal de
Youtube Perfil 224 es la plataforma donde de lunes a viernes de 12 a 2 de la
tarde, los comunicadores Francisco Marte y América Perez junto al analista
Pedro N. Guzmán comentan sobre temas de interés municipal y nacional.
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